¿A quién aplica?
- Policías federales y estatales, fiscales federales
- Unidades especializadas ALA/CFT y de recuperación de activos
- Aduanas y autoridades fiscales con facultades de investigación penal
- Agencias anticorrupción
Requisitos clave
- 1
Designar autoridades responsables
Los países deben designar autoridades de orden público e investigativas con responsabilidad expresa sobre LD, delitos previos y FT — con mandatos claros y recursos adecuados.
- 2
Investigaciones financieras paralelas
Las autoridades que investigan delitos previos deben realizar investigaciones financieras paralelas para identificar, rastrear y recuperar bienes ilícitos — haciéndolo rutinario, no excepcional.
- 3
Unidades especializadas
Cuando sea apropiado, los países deben establecer fuerzas de tarea multi-disciplinarias y oficinas de recuperación de activos para casos complejos LD/FT — combinando policía, fiscales, analistas financieros, investigadores fiscales y contadores forenses.
- 4
Recursos y capacitación adecuados
Las autoridades investigativas deben tener recursos, equipo, tecnología y capacitación suficientes para investigaciones efectivas — incluyendo técnicas modernas de investigación financiera y manejo de evidencia digital.
- 5
Cooperación con UIF y supervisores
El orden público debe cooperar efectivamente con la UIF, supervisores y otras autoridades competentes — recibiendo y actuando sobre inteligencia, dando retroalimentación y alineando prioridades operativas.
- 6
Dimensión internacional
Las autoridades deben poder solicitar y proveer asistencia internacional vía las Recomendaciones 36-40 — asistencia legal mutua, extradición y otras formas de cooperación.
Ejemplo práctico
Ejemplo: investigación paralela mexicana en un caso de fraude
La FGR investiga un fraude corporativo. Bajo la R.30, en paralelo abre una investigación financiera: rastrea fondos a través de cuentas bancarias, identifica compras inmobiliarias y empresas offshore vinculadas al imputado, solicita inteligencia a la UIF sobre ROS previos, coordina con el Indep para preservación de activos, y solicita aseguramiento bajo la Ley Nacional de Extinción de Dominio. El proceso penal y la acción de recuperación de activos avanzan en paralelo — no secuencialmente — maximizando la probabilidad de recuperar los productos del delito antes de que desaparezcan.
Cómo lo implementa México
México distribuye facultades investigativas entre varias instituciones federales:
FGR — Fiscalía General de la República
Investiga delitos federales incluyendo lavado de dinero (Art. 400 Bis CPF), delincuencia organizada (LFCDO), narcotráfico, corrupción y financiamiento al terrorismo. Realiza investigaciones financieras paralelas en casi todos los casos.
UEAF — Unidad Especializada en Análisis Financiero
Unidad de la FGR especializada en investigación financiera, análisis patrimonial y rastreo de activos. Coopera con UIF para inteligencia y con el Indep para administración de bienes asegurados.
Indep — Administración de bienes
El Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado administra bienes asegurados/decomisados, los preserva, vende, subasta o destina a programas sociales. Su existencia hace operativo el principio de la R.30 sobre recuperación rutinaria.
Coordinación con UIF y autoridades fiscales
La FGR coopera con la UIF (inteligencia), CNBV (supervisión sectorial) y SAT (autoridad fiscal con poderes investigativos administrativos). Casos complejos forman fuerzas de tarea multi-agencia.
Hitos
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1990
Recomendación 27 original sobre responsabilidades de orden público
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2012
Renumerada como Recomendación 30
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2024
Énfasis actualizado en investigaciones financieras paralelas y recuperación de activos
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2025
La actualización de octubre 2025 refuerza expectativas de cooperación multi-agencia
Recomendaciones relacionadas
Otras Recomendaciones del Grupo F — Facultades de Autoridades Competentes
Cita oficial
FATF (2012-2025), International Standards on Combating Money Laundering and the Financing of Terrorism & Proliferation, Recommendation 30, FATF, Paris, France. Last updated October 2025.
Leer el texto oficial en fatf-gafi.org