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Recomendación 30 · Grupo F · Facultades de Autoridades Competentes

Antes: R.27

Responsabilidades de orden público

La Recomendación 30 obliga a cada país a designar autoridades de orden público e investigativas con responsabilidad sobre investigaciones de LD, delitos previos asociados y FT — con recursos, capacitación y facultades adecuadas. Las autoridades deben realizar investigaciones financieras paralelas junto con investigaciones penales, y priorizar el rastreo y recuperación de activos como resultado rutinario.

¿A quién aplica?

  • Policías federales y estatales, fiscales federales
  • Unidades especializadas ALA/CFT y de recuperación de activos
  • Aduanas y autoridades fiscales con facultades de investigación penal
  • Agencias anticorrupción

Requisitos clave

  1. 1

    Designar autoridades responsables

    Los países deben designar autoridades de orden público e investigativas con responsabilidad expresa sobre LD, delitos previos y FT — con mandatos claros y recursos adecuados.

  2. 2

    Investigaciones financieras paralelas

    Las autoridades que investigan delitos previos deben realizar investigaciones financieras paralelas para identificar, rastrear y recuperar bienes ilícitos — haciéndolo rutinario, no excepcional.

  3. 3

    Unidades especializadas

    Cuando sea apropiado, los países deben establecer fuerzas de tarea multi-disciplinarias y oficinas de recuperación de activos para casos complejos LD/FT — combinando policía, fiscales, analistas financieros, investigadores fiscales y contadores forenses.

  4. 4

    Recursos y capacitación adecuados

    Las autoridades investigativas deben tener recursos, equipo, tecnología y capacitación suficientes para investigaciones efectivas — incluyendo técnicas modernas de investigación financiera y manejo de evidencia digital.

  5. 5

    Cooperación con UIF y supervisores

    El orden público debe cooperar efectivamente con la UIF, supervisores y otras autoridades competentes — recibiendo y actuando sobre inteligencia, dando retroalimentación y alineando prioridades operativas.

  6. 6

    Dimensión internacional

    Las autoridades deben poder solicitar y proveer asistencia internacional vía las Recomendaciones 36-40 — asistencia legal mutua, extradición y otras formas de cooperación.

Ejemplo práctico

Ejemplo: investigación paralela mexicana en un caso de fraude

La FGR investiga un fraude corporativo. Bajo la R.30, en paralelo abre una investigación financiera: rastrea fondos a través de cuentas bancarias, identifica compras inmobiliarias y empresas offshore vinculadas al imputado, solicita inteligencia a la UIF sobre ROS previos, coordina con el Indep para preservación de activos, y solicita aseguramiento bajo la Ley Nacional de Extinción de Dominio. El proceso penal y la acción de recuperación de activos avanzan en paralelo — no secuencialmente — maximizando la probabilidad de recuperar los productos del delito antes de que desaparezcan.

Cómo lo implementa México

México distribuye facultades investigativas entre varias instituciones federales:

FGR — Fiscalía General de la República

Investiga delitos federales incluyendo lavado de dinero (Art. 400 Bis CPF), delincuencia organizada (LFCDO), narcotráfico, corrupción y financiamiento al terrorismo. Realiza investigaciones financieras paralelas en casi todos los casos.

UEAF — Unidad Especializada en Análisis Financiero

Unidad de la FGR especializada en investigación financiera, análisis patrimonial y rastreo de activos. Coopera con UIF para inteligencia y con el Indep para administración de bienes asegurados.

Indep — Administración de bienes

El Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado administra bienes asegurados/decomisados, los preserva, vende, subasta o destina a programas sociales. Su existencia hace operativo el principio de la R.30 sobre recuperación rutinaria.

Coordinación con UIF y autoridades fiscales

La FGR coopera con la UIF (inteligencia), CNBV (supervisión sectorial) y SAT (autoridad fiscal con poderes investigativos administrativos). Casos complejos forman fuerzas de tarea multi-agencia.

Hitos

  1. 1990

    Recomendación 27 original sobre responsabilidades de orden público

  2. 2012

    Renumerada como Recomendación 30

  3. 2024

    Énfasis actualizado en investigaciones financieras paralelas y recuperación de activos

  4. 2025

    La actualización de octubre 2025 refuerza expectativas de cooperación multi-agencia

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Cita oficial

FATF (2012-2025), International Standards on Combating Money Laundering and the Financing of Terrorism & Proliferation, Recommendation 30, FATF, Paris, France. Last updated October 2025.

Leer el texto oficial en fatf-gafi.org