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A
- ALA/CFT/CPF Marco y metodología
- Antilavado de Activos / Combate al Financiamiento del Terrorismo / Combate al Financiamiento de la Proliferación. El paraguas completo bajo el que operan las Recomendaciones GAFI. Cada prefijo apunta a una amenaza específica: lavado de productos de delito, financiamiento de actos terroristas y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
- Relacionadas: R.1 Enfoque basado en riesgo R.2 Cooperación y coordinación nacional
- APNFD (Actividad y Profesión No Financiera Designada) Sectores y entidades
- Sectores no financieros que el GAFI somete a obligaciones ALA/CFT porque manejan operaciones de alto valor susceptibles de abuso: casinos, inmobiliarias, comerciantes de metales preciosos y joyas, abogados, notarios, contadores y proveedores de servicios fiduciarios y societarios (TCSPs). En México el equivalente es 'actividades vulnerables' (Art. 17 LFPIORPI con 16 fracciones).
- Relacionadas: R.22 APNFD: debida diligencia R.23 APNFD: otras medidas R.28 Regulación de APNFD
- Asistencia Legal Mutua (ALM) Cooperación internacional
- Cooperación formal entre países en materia penal — producción de documentos, declaraciones de testigos, registros y aseguramientos, congelamiento y decomiso, notificaciones. Las Recomendaciones 37 y 38 exigen que la ALM sea rápida, constructiva y efectiva para LD, delitos previos y FT.
- Relacionadas: R.37 Asistencia legal mutua R.38 ALM: congelamiento y decomiso
- Activo virtual Instrumentos y activos
- Representación digital de valor que puede negociarse o transferirse digitalmente y usarse para pago o inversión. No incluye representaciones digitales de monedas fiat, valores u otros activos financieros ya cubiertos por GAFI. En México, la Ley Fintech (LRITF Art. 30) provee la definición nacional alineada con el estándar internacional.
- Relacionadas: R.15 Nuevas tecnologías y activos virtuales R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero)
B
- Beneficiario final / Beneficiario controlador Conceptos centrales
- La(s) persona(s) física(s) que en última instancia poseen o controlan al cliente o estructura jurídica — directa o indirectamente a través de cadenas de propiedad, derechos de voto u otros medios de control. El objetivo es exponer al ser humano detrás de cualquier velo corporativo. En México la LFPIORPI usa 'beneficiario controlador' (Art. 3 Fr. III); el régimen financiero CNBV usa 'propietario real'.
- Relacionadas: R.10 Debida diligencia del cliente (CDD) R.22 APNFD: debida diligencia R.24 Beneficiario final de personas jurídicas R.25 Beneficiario final de estructuras jurídicas
- Banca corresponsal Conceptos centrales
- La provisión de servicios bancarios por un banco (el corresponsal) a otro banco (el respondiente) — típicamente transfronteriza, permitiendo a los clientes del respondiente acceder a redes de pago internacionales. Como el corresponsal no conoce directamente a los clientes del respondiente, la Recomendación 13 impone obligaciones específicas de debida diligencia.
- Relacionadas: R.13 Banca corresponsal
- Bienes de procedencia ilícita Conceptos centrales
- Bienes que son producto del lavado de dinero o cualquier delito previo — incluyendo ingresos, beneficios, activos e instrumentos derivados de actividad delictiva. Identificar, congelar y decomisar bienes ilícitos es el objetivo de la Recomendación 4.
- Relacionadas: R.3 Delito de lavado de dinero R.4 Decomiso y medidas provisionales
- Banco pantalla Conceptos centrales
- Banco que no tiene presencia física en el país donde está constituido y no está afiliado a un grupo financiero regulado sujeto a supervisión consolidada efectiva. Los bancos pantalla son inherentemente de alto riesgo y la Recomendación 13 prohíbe a las instituciones financieras establecer o mantener relaciones de corresponsalía con ellos.
- Relacionadas: R.13 Banca corresponsal
C
- Categorías designadas de delitos (delitos previos) Marco y metodología
- Las 21 categorías de delito que el GAFI exige a cada país incluir como delitos previos del lavado de dinero: narcotráfico, terrorismo, trata de personas, explotación sexual, tráfico ilícito de armas, corrupción, fraude, falsificación, delito ambiental, homicidio, secuestro, robo, contrabando, delitos fiscales, extorsión, falsificación documental, piratería, uso indebido de información privilegiada, entre otros.
- Relacionadas: R.3 Delito de lavado de dinero
D
- Debida Diligencia del Cliente (DDC) Conceptos centrales
- El conjunto de medidas que las instituciones financieras y APNFD deben aplicar para identificar a sus clientes y beneficiarios finales, verificar la identificación con fuentes independientes confiables, entender el propósito de la relación y conducir monitoreo continuo de operaciones. La DDC es el núcleo operativo del régimen ALA/CFT — la Recomendación 10 es la más larga del marco por una razón.
- Relacionadas: R.10 Debida diligencia del cliente (CDD) R.17 Dependencia en terceros R.22 APNFD: debida diligencia
- Diligencia Reforzada (EDD) Conceptos centrales
- Medidas más estrictas de debida diligencia aplicadas a relaciones de mayor riesgo — PEPs, estructuras de propiedad complejas, clientes de países en lista gris/negra, operaciones grandes en efectivo, operadores de activos virtuales. Típicamente incluye verificación del origen del patrimonio, aprobación de la alta dirección y monitoreo continuo reforzado.
- Relacionadas: R.10 Debida diligencia del cliente (CDD) R.12 Personas políticamente expuestas (PEPs) R.19 Países de mayor riesgo
- Decomiso sin condena Aplicación de la ley
- Mecanismo legal que permite a las autoridades decomisar bienes ilícitos sin obtener primero una condena penal — útil cuando el infractor falleció, huyó, no puede identificarse, o cuando el delito previo se cometió en el extranjero. La Ley Nacional de Extinción de Dominio mexicana (2019) es un ejemplo destacado en América Latina.
- Relacionadas: R.4 Decomiso y medidas provisionales R.38 ALM: congelamiento y decomiso
- Delito previo Conceptos centrales
- Actividad delictiva subyacente que genera los productos que se lavan. El lavado de dinero por sí solo es imposible sin un delito previo — narcotráfico, fraude, corrupción, contrabando, etc. El GAFI exige a los países aplicar el delito de LD al rango más amplio posible de delitos previos (las 21 categorías designadas).
- Relacionadas: R.3 Delito de lavado de dinero
- Diligencia Simplificada (SDD) Conceptos centrales
- Medidas reducidas de DDC aplicadas a relaciones, productos u operaciones de menor riesgo — como cuentas de saldo pequeño, remesas de bajo valor o cuentas relacionadas con gobierno. Permitida solo después de que una evaluación de riesgos documentada lo respalde. La SDD nunca es diligencia cero.
- Relacionadas: R.1 Enfoque basado en riesgo R.10 Debida diligencia del cliente (CDD)
E
- Estructura jurídica Estructuras jurídicas
- Fideicomisos express y vehículos jurídicos similares como los fideicomisos mexicanos, las fiducies francesas, los treuhand alemanes y los anstalten de Liechtenstein — estructuras que conservan bienes para alguien (el beneficiario) bajo administración de otro (el fiduciario), sin formar una persona jurídica separada. La Recomendación 25 las regula.
- Relacionadas: R.25 Beneficiario final de estructuras jurídicas
- Evaluación mutua Marco y metodología
- Proceso de revisión por pares mediante el cual el GAFI y los FSRBs evalúan el cumplimiento de cada país miembro con las 40 Recomendaciones y la efectividad de su sistema ALA/CFT. Cada evaluación produce un Mutual Evaluation Report (MER) que mide al país contra el estándar global.
- Enfoque Basado en Riesgo (EBR) Marco y metodología
- Piedra angular del marco GAFI: países y sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos de LD/FT/FP, y aplicar medidas de mitigación proporcionales a esos riesgos — más recursos donde los riesgos son mayores, medidas simplificadas donde son menores. La Recomendación 1 hace del EBR la base de todo lo demás.
- Relacionadas: R.1 Enfoque basado en riesgo
F
- Fideicomiso express Estructuras jurídicas
- Fideicomiso creado intencional y explícitamente por el fideicomitente — por declaración escrita o verbal — a diferencia de un fideicomiso implícito por ley. La Recomendación 25 del GAFI se enfoca principalmente en fideicomisos express y estructuras civilistas equivalentes como los fideicomisos mexicanos.
- Relacionadas: R.25 Beneficiario final de estructuras jurídicas
- Fondos u otros activos Conceptos centrales
- Cualquier activo de cualquier tipo — corporal o incorporal, tangible o intangible, mueble o inmueble, sin importar cómo se haya adquirido — incluidos documentos legales o instrumentos que evidencien título o interés. La definición amplia es deliberada: cubre activos virtuales, inmuebles, valores, arte, oro y cualquier cosa transferible.
- Relacionadas: R.4 Decomiso y medidas provisionales R.6 Sanciones financieras — terrorismo R.7 Sanciones financieras — proliferación R.15 Nuevas tecnologías y activos virtuales
- Fideicomitente / Settlor Estructuras jurídicas
- Persona que crea un fideicomiso transfiriendo bienes al fiduciario en beneficio de los fideicomisarios. En el derecho mexicano (LGTOC Art. 381) este rol se llama 'fideicomitente'. Identificar al fideicomitente es obligatorio bajo la Recomendación 25.
- Relacionadas: R.25 Beneficiario final de estructuras jurídicas
- Financiamiento del Terrorismo (FT) Conceptos centrales
- Provisión o recolección de fondos — de cualquier fuente, lícita o ilícita — con la intención o conocimiento de que se usarán para actos terroristas, organizaciones terroristas o terroristas individuales. Tipificado por la Convención ONU de 1999 y la Recomendación 5. A diferencia del LD, el FT a menudo usa dinero limpio.
- Relacionadas: R.5 Delito de financiamiento del terrorismo R.6 Sanciones financieras — terrorismo
- Fiduciario Estructuras jurídicas
- Persona física o jurídica que tiene la titularidad legal de los bienes de un fideicomiso o estructura jurídica equivalente y los administra en beneficio de los fideicomisarios. En México solo instituciones autorizadas (bancos, casas de bolsa, SOFOMes reguladas, aseguradoras, almacenes generales) pueden actuar como fiduciario bajo el Art. 385 LGTOC.
- Relacionadas: R.25 Beneficiario final de estructuras jurídicas
G
- Grupo Egmont Organismos
- Red internacional informal de más de 170 unidades de inteligencia financiera (UIFs) que intercambian información sobre lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y delitos previos a través de un portal seguro. La UIF mexicana es miembro. El grupo establece estándares operativos para la cooperación entre UIFs que complementan la Recomendación 29.
- Relacionadas: R.29 Unidades de inteligencia financiera R.40 Otras formas de cooperación internacional
- Grupo de Revisión de Cooperación Internacional (ICRG) Organismos
- El órgano del GAFI que supervisa la identificación y revisión de jurisdicciones con deficiencias estratégicas ALA/CFT. El ICRG es el motor detrás de las listas gris y negra — sus evaluaciones determinan qué países son identificados públicamente como de alto riesgo.
- Relacionadas: R.19 Países de mayor riesgo
I
- Instrumento negociable al portador (BNI) Instrumentos y activos
- Instrumento monetario que transfiere la propiedad por simple entrega física — ejemplos: cheques de viajero, cheques al portador, pagarés endosados sin restricción o firmados pero con el beneficiario en blanco. Los BNI están sujetos a reglas de declaración transfronteriza bajo la Recomendación 32.
- Relacionadas: R.32 Transporte transfronterizo de efectivo
- Información del ordenante Operaciones y transacciones
- Datos que deben acompañar a toda transferencia electrónica o de activos virtuales para identificar al ordenante: nombre, número de cuenta (o referencia única) y domicilio (o número de identidad nacional, ID de cliente, o fecha y lugar de nacimiento). Exigido por la Regla del Viajero (R.16).
- Relacionadas: R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero)
L
- Lavado de dinero (LD) Conceptos centrales
- El proceso de convertir, transferir, ocultar, disimular, adquirir, poseer o usar bienes sabiendo que derivan de actividad delictiva — con el propósito de hacerlos parecer legítimos. Tipificado internacionalmente por las Convenciones de Viena y Palermo; en México por el Artículo 400 Bis del Código Penal Federal.
- Relacionadas: R.3 Delito de lavado de dinero R.4 Decomiso y medidas provisionales
N
- Nota Interpretativa Marco y metodología
- Guía detallada adjunta a Recomendaciones específicas (29 de las 40 tienen una, marcadas con asterisco en la tabla GAFI). Las Notas Interpretativas expanden el significado operativo, definen términos y proveen criterios de implementación — son parte de los Estándares GAFI y vinculantes para los miembros.
O
- Organismo Regional estilo GAFI (FSRB) Organismos
- Organismos regionales modelados sobre el GAFI que promueven la implementación de las 40 Recomendaciones entre sus miembros. Existen 9 FSRBs cubriendo prácticamente todas las jurisdicciones. México pertenece a GAFILAT (FSRB latinoamericano fundado en 2000).
- Relacionadas: R.40 Otras formas de cooperación internacional
- Organización Sin Fines de Lucro (OSFL) Sectores y entidades
- Entidades jurídicas que principalmente recaudan o distribuyen fondos con fines benéficos, religiosos, culturales, educativos, sociales o fraternales. La Recomendación 8 (revisada en 2023) apunta a medidas proporcionales basadas en riesgo solo sobre el subconjunto de OSFL identificadas en riesgo de abuso por FT — no a todo el sector.
- Relacionadas: R.8 Organizaciones sin fines de lucro
P
- Persona o entidad designada Sanciones
- Persona, grupo, empresa o entidad identificada por el Consejo de Seguridad de la ONU, un organismo regional o una autoridad nacional competente como sujeta a sanciones financieras dirigidas por terrorismo (R.6) o proliferación (R.7). Una vez designada, todos los fondos y activos deben congelarse sin demora.
- Relacionadas: R.6 Sanciones financieras — terrorismo R.7 Sanciones financieras — proliferación
- Persona jurídica / Persona moral Estructuras jurídicas
- Toda entidad distinta de una persona física que puede establecer una relación comercial permanente con una institución financiera o ser propietaria de bienes — incluidas sociedades, fundaciones, anstalt, asociaciones y cuerpos similares creables bajo derecho nacional. La Recomendación 24 regula su transparencia de beneficiario final.
- Relacionadas: R.24 Beneficiario final de personas jurídicas
- Persona Políticamente Expuesta (PEP) Conceptos centrales
- Persona con funciones públicas prominentes — jefes de Estado, altos políticos, jueces, militares, ejecutivos de empresas estatales y altos funcionarios de organismos internacionales — junto con sus familiares y allegados cercanos. Los PEPs son clientes de mayor riesgo bajo la Recomendación 12 y requieren diligencia reforzada.
- Relacionadas: R.12 Personas políticamente expuestas (PEPs)
- Proveedor de Servicios Fiduciarios y Societarios (TCSP) Sectores y entidades
- Personas y negocios que, profesionalmente, proveen cualquiera de estos servicios a terceros: actuar como agente formador, director u oficina registrada; arreglar para que otro actúe en esas capacidades; actuar como fiduciario de un fideicomiso express o en roles equivalentes en derecho civil; actuar como accionista nominal. Los TCSPs son APNFD bajo la Recomendación 22.
- Relacionadas: R.22 APNFD: debida diligencia R.23 APNFD: otras medidas R.25 Beneficiario final de estructuras jurídicas
- Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (VASP) Sectores y entidades
- Toda persona física o jurídica que, como negocio, realiza una o más de estas actividades para terceros: intercambio entre activos virtuales y moneda fiat o entre activos virtuales, transferencia de activos virtuales, custodia o administración de activos virtuales, y participación en servicios financieros relacionados con ofertas de emisores. Sujeta a la Recomendación 15.
- Relacionadas: R.15 Nuevas tecnologías y activos virtuales R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero)
R
- Recuperación de activos Aplicación de la ley
- El proceso de identificar, rastrear, valuar, congelar, asegurar, decomisar, administrar y finalmente disponer (o devolver) bienes ilícitos y bienes de valor equivalente. La Recomendación 4 exige a los países tratar esto como una prioridad nacional — no un agregado.
- Relacionadas: R.4 Decomiso y medidas provisionales R.30 Responsabilidades de orden público R.38 ALM: congelamiento y decomiso
- Reporte de Operación Sospechosa (ROS) Conceptos centrales
- Reporte formal que una institución financiera o APNFD presenta a la UIF cuando hay motivos razonables para sospechar que los fondos son producto de delito o están relacionados con financiamiento al terrorismo. Presentar un ROS es obligatorio por ley (R.20), sin importar umbrales, y divulgar su existencia al cliente es delito (R.21, tipping-off).
- Relacionadas: R.20 Reporte de operaciones sospechosas R.21 Tipping-off y confidencialidad
- Regla del Viajero Conceptos centrales
- Nombre popular de la Recomendación 16: la obligación de adjuntar información exacta del ordenante y beneficiario a transferencias electrónicas y de activos virtuales, para que los datos 'viajen' con el pago a lo largo de toda la cadena de intermediarios. El umbral de minimis es USD/EUR 1,000.
- Relacionadas: R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero)
S
- Servicio de Transferencia de Dinero o Valores (MVTS) Sectores y entidades
- Servicios financieros que involucran recibir efectivo, cheques u otros instrumentos y pagar una suma equivalente al beneficiario por comunicación u otros medios — incluyendo remesadoras, instituciones de pago, emisores de dinero electrónico y sistemas informales de transferencia como hawala. La Recomendación 14 exige su autorización y supervisión.
- Relacionadas: R.14 Servicios de transferencia (MVTS) R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero)
- Sanciones financieras dirigidas Sanciones
- Congelamiento de activos y prohibición de proveer fondos o servicios a personas y entidades específicamente designadas — implementando resoluciones del CSNU sobre terrorismo (R.6) o proliferación (R.7). Las sanciones dirigidas son quirúrgicas: afectan solo a la persona listada, no al país ni al sector.
- Relacionadas: R.6 Sanciones financieras — terrorismo R.7 Sanciones financieras — proliferación
T
- Transferencia transfronteriza Operaciones y transacciones
- Cualquier transferencia electrónica o de valor donde las instituciones financieras del ordenante y del beneficiario están en países distintos. Las transferencias transfronterizas sobre USD/EUR 1,000 disparan obligaciones completas de Travel Rule bajo la Recomendación 16.
- Relacionadas: R.13 Banca corresponsal R.14 Servicios de transferencia (MVTS) R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero) R.32 Transporte transfronterizo de efectivo
- Tipping-off (alertar al cliente) Conceptos centrales
- Divulgar — al cliente o a cualquier persona no autorizada — que se ha presentado un reporte de operación sospechosa, está siendo considerado o que hay una investigación en curso. La Recomendación 21 del GAFI exige que esto sea delito. Sin la prohibición, ningún oficial de cumplimiento presentaría un ROS.
- Relacionadas: R.21 Tipping-off y confidencialidad
- Transferencia electrónica Operaciones y transacciones
- Toda operación realizada por cuenta de un ordenante a través de una institución financiera por medios electrónicos para poner una cantidad de fondos a disposición de un beneficiario en otra institución financiera — sin importar si el ordenante y beneficiario son la misma persona. Sujeta a la Regla del Viajero (R.16).
- Relacionadas: R.16 Transparencia en pagos (Regla del Viajero)
U
- Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) Conceptos centrales
- Centro nacional para recibir y analizar reportes de operaciones sospechosas y otra información ALA/CFT, y diseminar inteligencia a autoridades de orden público y supervisores. La UIF mexicana está adscrita a la Secretaría de Hacienda. La Recomendación 29 establece el estándar de operaciones de UIFs.
- Relacionadas: R.20 Reporte de operaciones sospechosas R.29 Unidades de inteligencia financiera