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Recomendación 27 · Grupo F · Facultades de Autoridades Competentes

Antes: R.29

Facultades de los supervisores

La Recomendación 27 asegura que los supervisores ALA/CFT tengan facultades legales adecuadas para ejercer sus funciones: vigilar el cumplimiento, realizar inspecciones in situ, compeler la producción de cualquier información relevante en materia ALA/CFT (incluida la del beneficiario final) e imponer sanciones financieras, administrativas o de otra índole por incumplimiento — incluida la facultad de remover funcionarios, restringir el negocio y revocar licencias.

¿A quién aplica?

  • Supervisores ALA/CFT de instituciones financieras
  • Supervisores APNFD (especializados o integrados)
  • Reguladores sectoriales con funciones ALA/CFT delegadas
  • Organismos autorregulados (SRBs) cuando estén autorizados para supervisar sus profesiones

Requisitos clave

  1. 1

    Facultad para supervisar y vigilar cumplimiento

    Los supervisores deben tener autoridad legal para vigilar el cumplimiento con requisitos ALA/CFT — tanto in situ (inspecciones, auditorías) como fuera del sitio (revisión de presentaciones, declaraciones).

  2. 2

    Facultad de compeler producción de información

    Los supervisores deben poder compeler a instituciones financieras y APNFD a producir cualquier información relevante para vigilar el cumplimiento — incluidos expedientes de clientes, registros de operaciones, auditorías internas, logs de capacitación y datos de beneficiario final — sin necesidad de órdenes judiciales en casos rutinarios.

  3. 3

    Facultad de realizar inspecciones in situ

    Los supervisores deben tener derecho a realizar inspecciones in situ sin aviso previo cuando sea apropiado, incluido acceso a todas las instalaciones, sistemas y registros.

  4. 4

    Facultad de imponer sanciones

    Los supervisores deben tener autoridad para imponer sanciones efectivas, proporcionales y disuasivas por incumplimiento — incluidas multas financieras, amonestaciones públicas, restricciones de negocio, remoción de funcionarios, suspensiones y revocación de licencias.

  5. 5

    Independencia y recursos adecuados

    Los supervisores deben tener independencia operativa, recursos humanos y técnicos adecuados, y la capacidad de actuar sin influencia política o de industria indebida.

Ejemplo práctico

Ejemplo: SAT con fuerza pública tras reforma 2026

Tras la reforma al Reglamento LFPIORPI (DOF 27/03/2026), el SAT puede solicitar asistencia con fuerza pública para entrar a inmuebles de actividades vulnerables que obstruyan una inspección — una escalada significativa. Combinada con el Art. 12 Bis (auditoría anual obligatoria) y el Art. 7 Bis (aviso 24h por intento) de la reforma 2026, el SAT ahora tiene herramientas de visibilidad acordes al estándar de la Recomendación 27.

Cómo lo implementa México

México distribuye facultades supervisoras ALA/CFT entre varias autoridades:

CNBV — Sector financiero

Tiene facultades plenas: visitas de inspección, requerimientos de información, sanciones administrativas (multas, suspensiones, revocaciones), recomendaciones a accionistas y aprobaciones de cambios de control accionario.

SAT — Actividades vulnerables

Tiene facultades de visita, requerimiento de información y sanción. Con la reforma 2026, suma fuerza pública en casos de obstrucción y la facultad de exigir auditoría externa anual.

UIF — Inteligencia y coordinación

No supervisa directamente, pero recibe los reportes y coordina con CNBV y SAT para análisis. Vía Egmont Group, comparte con UIFs internacionales.

Procuradurías y FGR — Acción penal

Cuando un incumplimiento administrativo deriva en sospecha de delito (Art. 400 Bis CPF), la FGR toma el caso. La R.27 se complementa con la R.30 sobre responsabilidades de orden público.

Hitos

  1. 2003

    Recomendación 29 original sobre facultades de supervisores

  2. 2012

    Renumerada como Recomendación 27

  3. 2025

    La actualización de octubre 2025 refuerza facultades de compulsión de información

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Cita oficial

FATF (2012-2025), International Standards on Combating Money Laundering and the Financing of Terrorism & Proliferation, Recommendation 27, FATF, Paris, France. Last updated October 2025.

Leer el texto oficial en fatf-gafi.org