¿A quién aplica?
- Cancillerías nacionales (firmantes de tratados)
- Legislaturas (ratificación y legislación de implementación)
- Secretarías de justicia e interior (implementación operativa)
Requisitos clave
- 1
Ser parte de las cuatro convenciones centrales
Firmar, ratificar y poner en vigor la Convención de Viena (1988), la Convención de Palermo (2000), la Convención FT (1999) y la Convención de Mérida (2003). Cada una aborda un ángulo distinto del marco ALA/CFT.
- 2
Implementar a través de legislación nacional
La ratificación sola no basta — las obligaciones de cada convención deben incorporarse al derecho interno (código penal, ley de inteligencia financiera, ley de recuperación de activos, ley de asistencia legal mutua).
- 3
Considerar instrumentos relacionados
Los países también deben considerar instrumentos internacionales relacionados — resoluciones CSNU sobre terrorismo y proliferación, convención anti-soborno OCDE, Convención de Varsovia del Consejo de Europa, cuando sean relevantes.
- 4
Sin reservas que socaven la efectividad
Las reservas o declaraciones interpretativas adjuntas a la ratificación no deben socavar la efectividad práctica de las obligaciones ALA/CFT de la convención.
- 5
Cooperación bajo convenciones
Usar las disposiciones de cooperación de las convenciones — extradición, asistencia legal mutua, intercambio de información — como la base legal para la acción ALA/CFT internacional.
Ejemplo práctico
Ejemplo: marco de tratados en México
México es parte de las cuatro convenciones centrales: Viena (firmada 1988, ratificada 1990), Palermo (firmada 2000, ratificada 2003), Convención FT (ratificada 2003) y Mérida (firmada y ratificada 2003). La Constitución mexicana (Art. 133) hace de los tratados ratificados Ley Suprema de la Unión, directamente aplicable. La implementación nacional corre por el Art. 400 Bis CPF (delito LD — Viena), LFCDO (crimen organizado — Palermo), Art. 139 Quáter CPF (FT — Convención FT) y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (Mérida).
Cómo lo implementa México
México ha ratificado e implementado las cuatro convenciones centrales:
Convención de Viena (1988)
Ratificada 1990. Implementada vía el Art. 400 Bis CPF (delito de LD basado en delitos previos de narcotráfico) y la Ley General de Salud.
Convención de Palermo (2000)
Ratificada 2003. Implementada vía la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (LFCDO) y la ampliación del Art. 400 Bis a un rango amplio de delitos previos.
Convención FT (1999)
Ratificada 2003. Implementada vía Art. 139 Quáter CPF y la integración del FT al régimen ALA general.
Convención de Mérida (2003)
Firmada en México (de ahí el nombre 'Mérida'). Implementada vía la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y el régimen de la FGR contra delitos de corrupción.
Hitos
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1988
Convención de Viena contra el Narcotráfico
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1999
Convención ONU para la Supresión del Financiamiento del Terrorismo
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2000
Convención de Palermo contra el Crimen Organizado Transnacional
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2003
Convención de Mérida contra la Corrupción
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2025
La actualización de octubre 2025 refuerza expectativas de implementación efectiva
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Cita oficial
FATF (2012-2025), International Standards on Combating Money Laundering and the Financing of Terrorism & Proliferation, Recommendation 36, FATF, Paris, France. Last updated October 2025.
Leer el texto oficial en fatf-gafi.org