40 40 Recomendaciones GAFI
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Recomendación 1 · Grupo A · Políticas y Coordinación ALA/CFT

Enfoque basado en riesgo

La Recomendación 1 es el cimiento de todo el marco GAFI. Exige que cada país identifique, evalúe y entienda sus riesgos de lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación. El enfoque basado en riesgo (EBR) concentra recursos donde los riesgos son mayores, simplifica medidas donde son menores y traslada la misma exigencia a instituciones financieras y APNFD a nivel de entidad.

¿A quién aplica?

  • Gobiernos nacionales y reguladores (deben realizar una Evaluación Nacional de Riesgos)
  • Unidades de Inteligencia Financiera, supervisores y autoridades de orden público
  • Instituciones financieras (bancos, MVTS, casas de bolsa, aseguradoras)
  • Actividades y profesiones no financieras designadas (APNFD): casinos, inmobiliarias, comerciantes de metales preciosos y joyas, abogados, notarios, contadores, proveedores de servicios fiduciarios y societarios

Requisitos clave

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    Evaluación Nacional de Riesgos (ENR)

    Cada país debe producir y mantener actualizada una evaluación escrita de los riesgos de lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación que enfrenta. La ENR se nutre de inteligencia, estadísticas y aportes del sector privado, y se comparte con los actores relevantes para que la usen.

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    Designar una autoridad coordinadora

    Los países deben nombrar un organismo o mecanismo responsable de coordinar el trabajo de evaluación de riesgos y asegurar que las medidas de mitigación se implementen entre ministerios, supervisores y sector privado.

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    Asignar recursos proporcionalmente

    Donde los riesgos son mayores, deben aplicarse medidas reforzadas y destinarse más recursos. Donde los riesgos son menores, se permiten medidas simplificadas — pero solo después de que una evaluación documentada lo respalde.

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    Cascada hacia los sujetos obligados

    Instituciones financieras y APNFD deben hacer sus propias evaluaciones de riesgo a nivel de entidad, cliente, producto, canal y geografía, documentarlas, actualizarlas y traducir las conclusiones en políticas de DDC, monitoreo y reporte.

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    Carve-out de financiamiento a la proliferación

    Para el financiamiento a la proliferación, la evaluación se limita al potencial incumplimiento o evasión de sanciones financieras dirigidas bajo la Recomendación 7. No expande otras obligaciones más allá de lo que cada Recomendación exige.

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    Riesgos altos disparan medidas reforzadas

    Identificar un riesgo alto no es suficiente — países y entidades deben demostrar que aplicaron medidas más fuertes (DDC adicional, monitoreo, reporte, capacitación, supervisión) para atender el riesgo específico.

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    Documentar todo

    Las evaluaciones de riesgo y la justificación de medidas simplificadas o reforzadas deben estar por escrito, fechadas y disponibles para supervisores y evaluadores durante las evaluaciones mutuas.

Ejemplo práctico

Ejemplo: una fintech mexicana diseña su programa de DDC

Una fintech mexicana de remesas a LATAM completa su evaluación de riesgos a nivel de entidad. Identifica riesgo mayor en (1) transferencias transfronterizas a jurisdicciones en lista gris GAFI, (2) transferencias en efectivo por más de 1,000 USD y (3) recargas anónimas de tarjetas prepagadas. Aplica medidas reforzadas: preguntas de origen de fondos, cotejo de listas en tiempo real, topes transaccionales y aprobación de la alta dirección. Para transferencias nacionales persona-a-persona menores a 100 USD entre clientes conocidos, aplica medidas simplificadas. Ambas decisiones quedan documentadas con justificación y disponibles para la CNBV durante visitas — exactamente lo que la Recomendación 1 exige.

Cómo lo implementa México

México implementa el EBR a través de la Evaluación Nacional de Riesgos (ENR) de la Secretaría de Hacienda y la obligación reformada del Art. 18 Fr. VII de la LFPIORPI:

Evaluación Nacional de Riesgos (ENR) 2025

México publicó su ENR 2025 elaborada por la SHCP con insumos de la UIF, CNBV, SAT, Banxico y FGR. Identifica amenazas, vulnerabilidades y riesgos por sector y producto. Es la base sobre la que se diseñan las políticas PLD nacionales y la base que cada sujeto obligado debe consultar al construir su matriz de riesgos.

Art. 18 Fr. VII LFPIORPI — EBR para actividades vulnerables

La reforma del 16 de julio de 2025 introdujo la obligación expresa de aplicar un Enfoque Basado en Riesgos a quienes realizan actividades vulnerables. Cada sujeto obligado debe clasificar a sus clientes en bajo, medio y alto riesgo, y aplicar diligencia simplificada o reforzada en consecuencia. Las Reglas de Carácter General que detallarán esta obligación tienen deadline de julio 2026.

Régimen antilavado de México

EBR para SOFOMes ENR (DCG CNBV)

Las SOFOMes ENR ya estaban obligadas al EBR desde las Disposiciones de Carácter General de la CNBV (DOF 2011, actualizadas). Deben tener una metodología documentada, criterios de clasificación y una matriz de riesgos vigente revisada anualmente.

Documentación y supervisión

Tanto el SAT (para AV) como la CNBV (para sector financiero) verifican durante visitas que la matriz de riesgos exista por escrito, esté firmada por el oficial/representante de cumplimiento, esté actualizada y se aplique consistentemente en los expedientes de los clientes.

Hitos

  1. 1990

    Las 40 Recomendaciones originales se publican — la conciencia del riesgo se menciona implícitamente

  2. 2003

    La segunda revisión amplía el alcance, pero aún sin una Recomendación formal de EBR

  3. 2012

    El EBR se convierte en la Recomendación 1 — la piedra angular del marco consolidado

  4. 2020

    Se agrega la evaluación de riesgos de financiamiento a la proliferación (ligada a la Recomendación 7)

  5. 2025

    La actualización consolidada de octubre 2025 reafirma la primacía del EBR

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Cita oficial

FATF (2012-2025), International Standards on Combating Money Laundering and the Financing of Terrorism & Proliferation, Recommendation 1, FATF, Paris, France. Last updated October 2025.

Leer el texto oficial en fatf-gafi.org