¿A quién aplica?
- Bancos, instituciones financieras y APNFD
- Proveedores de servicios de activos virtuales (VASPs)
- Aduanas, autoridades de control de exportaciones, migración
- Organismos gubernamentales responsables de implementar sanciones
Requisitos clave
- 1
Implementar sanciones ONU sobre proliferación
Los países deben congelar, sin demora, fondos u otros activos de personas y entidades designadas bajo resoluciones CSNU sobre proliferación — incluidos los regímenes RPDC (1718, 1874, 2087, 2094, 2270, 2321, 2371, 2375, 2397) e Irán (2231).
- 2
Cobertura de propiedad y control indirectos
Las sanciones aplican a activos poseídos o controlados directa o indirectamente, total o conjuntamente, por personas designadas — incluidos activos de entidades que a su vez son controladas por partes designadas.
- 3
Prohibición de proveer fondos o servicios
Nacionales y personas dentro de la jurisdicción no deben poner fondos, activos financieros, recursos económicos o servicios relacionados a disposición de personas o entidades designadas, salvo bajo excepciones humanitarias o de necesidades básicas autorizadas por la ONU.
- 4
Controles sectoriales
Además de sanciones a personas, los países deben aplicar medidas sectoriales: prohibiciones a bienes de uso dual, restricciones a banca corresponsal con jurisdicciones designadas y límites a seguros y reaseguros para operaciones relacionadas con proliferación.
- 5
Mitigación de evasión basada en riesgo
Países y sujetos obligados deben identificar y mitigar el riesgo de evasión de sanciones de financiamiento a la proliferación — incluido el uso de empresas pantalla, estructuras complejas, sub/sobrefacturación comercial y prácticas evasivas de naviera y seguros.
- 6
Comunicación y cotejo
Aplica la misma infraestructura de cotejo, congelamiento y reporte de la R.6 — las listas designadas deben comunicarse a sujetos obligados y el cotejo debe ocurrir en tiempo real.
Ejemplo práctico
Ejemplo: suministro de combustible a un buque vinculado con RPDC
Una comercializadora de combustible mexicana recibe un pedido ruteado a través de un intermediario de Singapur. El sistema marca al consignatario final — el nombre de un buque listado por el Comité 1718 de la ONU como vinculado con RPDC. La operación se bloquea, no se transfieren fondos, y el caso se reporta a la UIF en 24 horas. El intermediario de Singapur también se reporta porque la R.7 cubre operaciones indirectas. Sin este cotejo, la comercializadora podría enfrentar sanciones enormes por parte de OFAC, el comité ONU y el supervisor nacional mexicano.
Cómo lo implementa México
México implementa la R.7 mediante un esquema integrado con la R.6:
Lista de Personas Bloqueadas (LPB) — incluye proliferación
La LPB de la SHCP incorpora designaciones de los regímenes ONU sobre RPDC e Irán. Cotejo obligatorio para todos los sujetos obligados, sin distinción entre R.6 (terrorismo) y R.7 (proliferación).
Controles de exportación de bienes de uso dual
La Secretaría de Economía y la Secretaría de la Defensa Nacional regulan exportaciones de bienes y tecnologías de uso dual susceptibles de uso militar o de proliferación.
Cooperación internacional
México participa en regímenes multilaterales (Grupo de Australia, Régimen de Control de Tecnología de Misiles, Grupo de Suministradores Nucleares) y comparte información vía R.40 (otras formas de cooperación internacional).
Hitos
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2008
El mandato GAFI se amplía para incluir financiamiento a la proliferación
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2012
Se crea la Recomendación 7 en el marco consolidado
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2017
Actualizada para incorporar la Resolución CSNU 2375 (RPDC)
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2020
Vinculada al carve-out de evaluación de riesgos de la Recomendación 1
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2025
La actualización de octubre 2025 endurece expectativas sobre mitigación de evasión
Recomendaciones relacionadas
Otras Recomendaciones del Grupo C — Financiamiento del Terrorismo y Proliferación
Cita oficial
FATF (2012-2025), International Standards on Combating Money Laundering and the Financing of Terrorism & Proliferation, Recommendation 7, FATF, Paris, France. Last updated October 2025.
Leer el texto oficial en fatf-gafi.org